Estado de Protección Temporal (TPS)
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Comprender el estatus legal temporal para inmigrantes en los EE. UU.
¿Qué es el TPS?
El Estatus de Protección Temporal (TPS) es un programa humanitario que permite a los nacionales elegibles de países designados que enfrentan condiciones extremas, como conflictos armados, desastres ambientales u otras circunstancias extraordinarias, vivir y trabajar legalmente en los Estados Unidos durante un período específico. El TPS no es un camino hacia la residencia permanente, pero ofrece un salvavidas a quienes necesitan seguridad y refugio con urgencia.
El Estatus de Protección Temporal (TPS) protege a las personas de la deportación, otorga autorización de empleo (con un Documento de autorización de empleo) y permite la autorización para viajar al extranjero (Solicitud de documento de viaje, Formulario I-131).
Cuando las personas de ciertos países enfrentan amenazas a su seguridad al regresar a casa debido a conflictos en curso o condiciones adversas, pueden ser elegibles para el Estatus de Protección Temporal (TPS). Este estatus se proporciona para salvaguardar su seguridad y bienestar. En 2023, aproximadamente 610.000 beneficiarios del TPS residen en los Estados Unidos.
Historia del TPS
La Ley de Inmigración de 1990 facultó al Fiscal General para otorgar Estatus de Protección Temporal (TPS) a personas de países donde regresar pondría en peligro su seguridad debido a conflictos armados, desastres naturales u otras condiciones extraordinarias. Con la creación del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) bajo la Ley de Seguridad Nacional de 2002, la autoridad para otorgar el TPS se transfirió al Secretario de Seguridad Nacional.
¿Cómo se determina el TPS?
El Secretario de Seguridad Nacional, en consulta con varias agencias federales, decide si un país califica para la designación de TPS en función de un conflicto armado en curso, desastres naturales u otras condiciones extraordinarias que plantean riesgos para las personas que regresan a casa.
Elegibilidad para TPS
La elegibilidad para TPS se extiende a nacionales de países designados o residentes habituales de esos países que ya se encuentran en los Estados Unidos. Para calificar, las personas deben haber estado presentes continuamente en los EE. UU. desde la fecha de designación del TPS del país y cumplir con otros criterios establecidos por el Secretario de Seguridad Nacional.
Elegibilidad para TPS
País
Afganistán
Birmania
Camerún
*El Salvador
Etiopía
*Haití
*Honduras
*Nepal
*Nicaragua
Somalia
Sudán del Sur
Sudán
Siria
Ucrania
Venezuela
Yemen
Consulte este enlace para ver actualizaciones importantes, incluidas las fechas de vencimiento del Estatus de Protección Temporal (TPS) para su país: https://www.uscis.gov/humanitarian/temporary-protected-status . *Denota países cuya designación había sido cancelada por el Departamento de Seguridad Nacional en diciembre de 2020, pero que fueron extendidas automáticamente por sentencias judiciales.
TPS: El proceso de solicitud
El proceso de solicitud de TPS implica la presentación de varios formularios, pruebas y tarifas. Los solicitantes deben proporcionar evidencia de identidad y nacionalidad, evidencia de fecha de entrada y evidencia de residencia continua. Hay exenciones de tarifas disponibles para aquellos que no pueden pagar.
TPS: Consejos adicionales
Si bien el TPS no ofrece un camino directo hacia la residencia permanente o la ciudadanía, tampoco excluye la elegibilidad para estos estatus.
Si se elimina el TPS de un país, las personas vuelven a su estado migratorio anterior. La Salida Forzada Diferida (DED) es un estatus similar al TPS, pero lo otorga el poder ejecutivo en lugar de la autoridad del Congreso.
¿Quién es elegible para TPS?
Para ser elegible para TPS, debe:
Ser nacional de un país designado para TPS, o una persona sin nacionalidad que residió habitualmente por última vez en el país designado;
Presentar durante el período abierto de registro inicial o reinscripción, o cumple con los requisitos para la presentación inicial tardía durante cualquier extensión de la designación de TPS de su país;
Haber estado continuamente presente físicamente (CPP) en los Estados Unidos desde la fecha de entrada en vigor de la fecha de designación más reciente de su país; y
Haber residido continuamente (CR) en los Estados Unidos desde la fecha especificada para su país. La ley permite una excepción a los requisitos de presencia física continua y residencia continua para salidas breves, casuales e inocentes de los Estados Unidos. Cuando solicita o se vuelve a registrar para TPS, debe informar a USCIS de todas las ausencias de los Estados Unidos desde las fechas de CPP y CR. USCIS determinará si la excepción se aplica en su caso.
Es posible que NO sea elegible para TPS o para mantener su TPS existente si:
Haber sido condenado por cualquier delito grave o dos o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos;
Son declarados inadmisibles como inmigrantes según los motivos aplicables en la sección 212(a) de INA, incluidos motivos penales y relacionados con la seguridad no renunciables;
Están sujetos a cualquiera de las prohibiciones obligatorias de asilo. Estos incluyen, entre otros, participar en la persecución de otro individuo o participar o incitar a actividades terroristas;
No cumplir con los requisitos de presencia física continua y residencia continua en los Estados Unidos;
No cumplir con los requisitos iniciales o tardíos de registro inicial de TPS;
Si se le concede el TPS, no se vuelve a registrar para el TPS, como se requiere, sin una buena causa; o
Reasentado en otro país antes de su llegada a los EE. UU.
¿Cómo solicitar TPS?
Solicitar TPS implica enviar los formularios, pruebas y tarifas necesarios (si corresponde) al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS). Los solicitantes también deben someterse a controles biométricos y de seguridad como parte del proceso.
Si usted o alguien que conoce es elegible para TPS, es esencial buscar asesoría o asistencia legal para navegar el proceso de solicitud de manera efectiva. Además, mantenerse informado sobre las políticas y actualizaciones de inmigración es clave para aprovechar al máximo las oportunidades disponibles.
Para obtener la información y orientación más actualizada sobre TPS, visite el sitio web oficial del DHS https://www.dhs.gov/search?goog=tps y consulte con nuestros expertos en inmigración y profesionales legales que pueden brindarle asistencia personalizada durante este tiempo crítico.
¿En qué se diferencia el TPS del Asilo?
El TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni otorga ningún otro estatus migratorio. Sin embargo, el registro para TPS no le impide:
Solicitar estatus de no inmigrante
Solicitud de ajuste de estatus basado en una petición de inmigrante
Solicitar cualquier otro beneficio o protección de inmigración para el cual pueda ser elegible
El asilo otorga al solicitante una estadía autorizada, siempre y cuando el solicitante no trabaje sin autorización durante la tramitación de la solicitud de asilo.
El estatus de inmigración legal es distinto de estar en un período de estadía autorizada. Los períodos de estancia autorizada sólo son pertinentes para determinar la acumulación de presencia ilegal de un extranjero a efectos de inadmisibilidad. Aunque un extranjero con estatus migratorio legal también se encuentra en un período de estadía autorizada, lo contrario no es necesariamente cierto. Aquellos en un período de estadía autorizada pueden o no tener un estatus migratorio legal.
Los funcionarios consideran la diferencia entre el estatus migratorio legal y un período de estadía autorizada al determinar si un extranjero tiene un estatus migratorio legal a los efectos de la barra de ajuste INA 245(c)(2).
¿Cuándo puedo solicitar TPS?
Si está solicitando el Estatus de Protección Temporal (TPS), debe hacerlo durante el período de registro.
Estoy en los EE. UU., pero mi familia no, ¿aún pueden calificar para el TPS si lo solicito?
Todos los solicitantes deben tener residencia continua en los EE. UU. y presencia física continua en los EE. UU.
¿Cuánto tiempo durará el TPS?
La designación de TPS suele tener una vigencia de 18 meses y se renueva a discreción del DHS en incrementos de 18 meses.
Si solicito TPS, ¿cuándo recibiré mi autorización de trabajo?
Si USCIS aprueba su solicitud de registro de TPS y usted presentó el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo y pagó la tarifa de un Documento de Autorización de Empleo (EAD) (o si USCIS aprobó su solicitud de exención de tarifas), USCIS le emitirá un EAD con una fecha de vencimiento de la fecha de redesignación del país al momento de la aprobación.
¿Cuánto tiempo durará el TPS?
Si tiene TPS y desea viajar fuera de los Estados Unidos, debe solicitar una autorización de viaje. La autorización de viaje para TPS se emite como un documento de permiso anticipado si USCIS determina que es apropiado aprobar su solicitud. Este documento le otorga permiso para salir de los Estados Unidos y regresar durante un período de tiempo específico. Para solicitar el permiso anticipado, debe presentar el Formulario I-131, Solicitud de documento de viaje . Si está presentando el Formulario I-131 junto con el Formulario I-821, envíe sus formularios a la dirección que figura en la página vinculada arriba para su país . Si está presentando el Formulario I-131 por separado basándose en un Formulario I-821 pendiente o aprobado, consulte la página Direcciones de presentación directa del Formulario I-131 .
Si sale de los Estados Unidos sin solicitar permiso anticipado, puede perder el TPS y es posible que no se le permita volver a ingresar a los Estados Unidos.
Si USCIS todavía está adjudicando su solicitud de TPS, es posible que se pierda avisos importantes de USCIS, como las Solicitudes de evidencia adicional, mientras se encuentre fuera de los EE. UU. Si no responde a estas solicitudes, puede resultar en el rechazo de su solicitud.
Le recomendamos que lea y comprenda la advertencia de viaje en el Formulario I-131 antes de solicitar el permiso de viaje anticipado, incluso si se le ha concedido el TPS. Si ha estado presente ilegalmente en los EE. UU. durante algún período de tiempo, es posible que desee buscar asesoramiento legal antes de solicitar un permiso anticipado para viajar.
¿Qué formularios debo completar para solicitar TPS y aquí puedo encontrarlos?
Para registrarse o volver a registrarse para TPS debe presentar el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal
Al presentar una solicitud inicial de TPS o volver a registrarse para TPS, también puede solicitar un documento de autorización de empleo (EAD) presentando un Formulario I-765 completo, Solicitud de autorización de empleo, al momento de presentar el Formulario I-821. También puede presentar su solicitud del Formulario I-765 por separado en una fecha posterior. Presentar el Formulario I-821 junto con el Formulario I-765 puede ayudarlo a recibir su EAD más rápidamente si es elegible.
Cuando presente la solicitud, si sabe que se le aplica un motivo de inadmisibilidad relevante y necesita una exención para obtener el TPS, incluya un Formulario I-601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad, con su paquete de solicitud de TPS. Sin embargo, no es necesario presentar un nuevo Formulario I-601 para un incidente que USCIS ya haya eximido con una solicitud de TPS anterior. USCIS puede otorgar una exención de ciertos motivos de inadmisibilidad con fines humanitarios, para asegurar la unidad familiar o cuando sea de interés público.
Enlaces:
I-821: https://www.uscis.gov/i-821
I-765: https://www.uscis.gov/i-765
I-131: https://www.uscis.gov/i-131
¿Qué documentos necesitaré para aplicar?
Al presentar una solicitud inicial de TPS, debe presentar:
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Evidencia de Identidad y Nacionalidad: para demostrar su identidad y que es nacional de un país designado para TPS (o que no tiene nacionalidad y su última residencia habitual fue en un país designado para TPS).
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Fecha de Evidencia de Entrada: para demostrar cuándo ingresó a los Estados Unidos.
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Evidencia de Residencia Continua (CR): para demostrar que ha estado en los Estados Unidos desde la fecha de CR especificada para su país (consulte la página web de TPS de su país a la izquierda) .
Cualquier documento que no esté en inglés debe ir acompañado de una traducción completa al inglés. El traductor debe certificar que:
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Es competente tanto en inglés como en el idioma extranjero utilizado en el documento original; y
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La traducción es verdadera y correcta según sus capacidades, conocimientos y creencias.
Evite estafas
Tenga en cuenta que algunos profesionales no autorizados pueden intentar aprovecharse de usted afirmando que pueden presentar formularios de TPS. Estas mismas personas pueden solicitarle que les pague por presentar dichos formularios. Queremos asegurarnos de que todos los posibles solicitantes de TPS sepan cómo obtener asistencia y asesoramiento legal legítimo y preciso. Una lista de representantes acreditados y proveedores legales gratuitos o de bajo costo está disponible en la página web de asesoramiento legal de USCIS.
No queremos que se convierta en víctima de una estafa de inmigración. Si necesita asesoramiento legal sobre asuntos de inmigración, asegúrese de que la persona que lo ayude esté autorizada para brindar asesoramiento legal. Sólo un abogado o un representante acreditado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia (DOJ) puede brindarle asesoramiento legal. Visite la página Evite estafas para obtener información y recursos.
Si usted es de uno de los países con designación de TPS y desea saber si califica para TPS, responda nuestra encuesta haciendo clic aquí.
Como parte de nuestro compromiso de apoyar a nuestros clientes y amigos, hemos creado el siguiente cuestionario para analizar su información personal y determinar su elegibilidad para este beneficio. Una vez que hayamos revisado los cuestionarios, nuestra oficina se comunicará con los solicitantes potenciales dentro de las 48 horas para informarles sobre su elegibilidad y analizar cualquier otra opción disponible en su caso.
Preguntas frecuentes
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¿Cómo puedo programar una consulta?Puede programar fácilmente una consulta legal a través de nuestro sitio web. Visita el siguiente enlace para acceder la información sobre nuestras consultas: Consulta Legal.
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¿Cuál es la mejor manera de comprobar su disponibilidad y reservar una consulta?Para consultar sobre nuestra disponibilidad y programar una consulta, no dude en comunicarse con nosotros a través de varios canales: Teléfono: Llámenos al 844.8MIGRAR (844.864.4727) o +1 (305)579-9218. WhatsApp: conéctese con nosotros a través de WhatsApp al +1 844-864-4727. Envíenos un correo electrónico: puede enviarnos un correo electrónico a info@canerofadul.com ¡Estamos aquí para ayudarle en su recorrido legal!
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¿Qué tipo de consultas ofrecen?Nuestras consultas están diseñadas para satisfacer su conveniencia: Vía Videollamada a través de Microsoft (Teams). Llamadas telefónicas nacionales e internacionales.
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¿Manejan casos en cualquier lugar de los Estados Unidos?¡Absolutamente! Nuestros abogados y personal dedicado están listos y dispuestos pa ayudarlo, brindándole apoyo legal en todos los estados de los Estados Unidos. Independientemente de su ubicación dentro del país, estamos aquí para ayudarlo a satisfacer sus necesidades legales.
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¿Pueden proporcionarme las tarifas del servicio por adelantado?No, no podemos proporcionar una lista de tarifas estandarizada ya que cada caso es único. Sin embargo, puede discutir y obtener información detallada sobre los honorarios del servicio durante una consulta personalizada con uno de nuestros abogados. Este enfoque garantiza que los honorarios se adapten a las acciones y procedimientos legales específicos necesarios para su caso individual.
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¿Cuál es el valor actual de los honorarios de los abogados?El valor de la consulta depende de la que selecciones: Tengo un nuevo caso de inmigración que discutir con un abogado. Cuestionario completo $250. Tengo un nuevo caso de inmigración que discutir con un abogado. Perfil Básico $300. Tengo más preguntas de seguimiento para discutir con mi abogado sobre un asunto existente. Perfil Básico $300. *No reembolsable.
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¿Cuáles son sus horarios de atención?Nuestro horario de atención es de lunes a jueves de 9:00 a. m. a 6:30 p. m. (hora del este).
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¿Cuáles son sus números de teléfono?A continuación se muestran nuestros números de contacto: Dentro de EE. UU.: 844.8MI.GRAR (888.864.4727) o +1 (305) 579.9218. También puedes hacerlo a través de nuestro WhatsApp: +1 (844) 864.4727.